lunes, 16 de septiembre de 2013

DIVORCIO ENTRE COLOMBIANOS (2)




 DIVORCIO ENTRE COLOMBIANOS 


2. Entre Colombianos

a. Sin hijos y sin bienes: deberá firmarse el acuerdo y el poder si alguno o ambos están fuera de Colombia deberán firmar el acuerdo y el poder y autenticarlo en el Consulado. 

Requisitos:

·   Registro civil de nacimiento de ambos cónyuges.
·   Registro civil de matrimonio, sino esta registrado el matrimonio en Colombia, deberá inscribirse, si están fuera de Colombia podrá realizarse ante el Consulado llevando copia autentica de los registros civiles de nacimiento de ambos y el certificado de matrimonio. 

    Si ambos o alguno esta en Colombia podrá registrarlo en alguna Notaria o en la Registraduria Nacional.

NOTA: Una vez se tengan todos los documentos en regla este tramite dura aproximadamente 2 semanas.

b. Con hijos menores y con bienes: deberá firmarse el acuerdo y el poder si alguno o ambos estan fuera de Colombia deberán firmar el acuerdo y el poder y autenticarlo en el Consulado. El acuerdo deberá contener un acuerdo en los alimentos y estipular la custodia y cuidado del menor. La repartición equitativa de los bienes conforme señala la ley o de la manera que los cónyuges decidan. 

Requisitos:

·    Registro civil de nacimiento de los cónyuges
·  Registro civil de nacimiento del menor, si nació fuera de Colombia deberá ser apostillado y si esta en otro idioma deberá traducirse al castellano por traductor oficial.
·    Certificado de tradición de los bienes inmuebles
·    Registro civil de nacimiento del menor
·    Registro civil de matrimonio, sino esta registrado el matrimonio en Colombia, deberá inscribirse, si estan fuera de Colombia podrá realizarse ante en Consulado llevando copia autentica de los registros civiles de nacimiento de ambos y el certificado de matrimonio. Si ambos o alguno esta en Colombia podrá registrarlo en alguna Notaria o en la Registraduria Nacional.

NOTA: Una vez se tengan todos los documentos en regla este tramite dura aproximadamente 2 meses.


ANOTACIONES IMPORTANTES: 

EL ACUERDO EL PODER LOS ELABORA EL ABOGADO Y SE LOS ENVIA PARA QUE SEAN FIRMADOS Y AUTENTICADOS. LOS DOCUMENTOS QUE NO PUEDAN SER APORTADOS POR USTEDES COMO REGISTROS CIVILES PODRÁN SER ENCOMENDADOS A LA ABOGADA PARA QUE GESTIONE SU SOLICITUD ANTE LAS ENTIDADES RESPECTIVAS Y ESTO GENERARÁ COSTOS ADICIONALES A SU SERVICIO COMO ABOGADA.
CON LA ABOGADA SIEMPRE SE FIRMA CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA SU TRANQUILIDAD.
NO SE HACE NECESARIA SU ASISTENCIA ANTE LA NOTARIA PARA LA FIRMA DEL DIVORCIO EN COLOMBIA, ESTO LO PUEDE HACER EL ABOGADO POR USTEDES.
Es importante que se comuniquen conmigo para brindarles una asesoría más precisa para su caso, recuerde que cada caso es especial y requiere de información especial

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